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Order (Auto)May 2, 2024

A- de 2024

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Juan Carlos Cortés González

✓Claimant Agencia Nacional De Infraestructura Ani·Respondent Ministerio De Defensa Nacional - Ejercito Nacional

✓
Topic · hard data
Competencia De La Jurisdicción Ordinaria Civil-Procesos De Expropiación Por Vía Judicial
01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Competencia De La Jurisdicción Ordinaria Civil
  • Procesos de expropiación por vía judicial
1 topic · 1 subtopic · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

Conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado Civil del Circuito de Fundación, Magdalena, y el Juzgado Segundo Administrativo Oral del Circuito de Santa Marta.

La causa de la controversia consiste en demanda de expropiación judicial iniciada por la Agencia Nacional de Infraestructura (ANI), en contra de la Nación, Ministerio de Defensa, Ejército Nacional, a través de la cual se solicita se decrete la expropiación, por motivos de utilidad pública o interés social a su favor, y por consiguiente la transferencia forzada del derecho de dominio, de un terreno que se encuentra en cabeza del demandado.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena toma el precedente de los Autos 899 de 2022 y 118 de 2024, en los que se destaca, conforme a lo previsto en la Sentencia C-1074 de 2002 que: (i) la resolución de expropiación que ha sido emitida por una entidad estatal competente podrá ser controvertida ante la jurisdicción contencioso administrativa, por tratarse de un acto administrativo; (ii) el CPACA en el artículo 152, numerales 11 y 12, define que la jurisdicción contencioso administrativa conocerá los procesos de expropiación que se inicien por vía administrativa y de aquellos que correspondan a materia agraria; y (iii) cuando se instaure demanda de expropiación judicial, esta última será de competencia del juez civil.

Resalta la Sala que, el hecho de que la demanda se incoe contra una entidad del Estado no incide en la determinación de la jurisdicción competente para resolver la controversia actual y fija la regla según la cual, corresponde a la jurisdicción ordinaria en su especialidad civil conocer el proceso de expropiación judicial, para la ejecución de una obra de utilidad pública, en los términos de la Ley 9 de 1989, modificada por la Ley 388 de 1997.

En consecuencia, la Corte dispone el envío del expediente al Juzgado Civil del Circuito de Fundación, Magdalena, para lo de su competencia y para que comunique la presente providencia al Juzgado Segundo Administrativo Oral del Circuito de Santa Marta y a los interesados.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (4 points)
  1. PRIMERO. DIRIMIR el conflicto negativo de competencia entre jurisdicciones suscitado entre el Juzgado Civil del Circuito de Fundación, Magdalena, y el Juzgado
  2. Segundo. Administrativo Oral del Circuito de Santa Marta, en el sentido de DECLARAR que el Juzgado Civil del Circuito de Fundación, Magdalena, es la autoridad competente para conocer la demanda de expropiación judicial presentada por la Agencia Nacional de Infraestructura en contra de la Nación, Ministerio de Defensa, Ejercito Nacional.
  3. SEGUNDO. REMITIR el expediente CJU-5139 al Juzgado Civil del Circuito de Fundación, Magdalena, para lo de su competencia y para que comunique la presente providencia al Juzgado
  4. Segundo. Administrativo Oral del Circuito de Santa Marta y a los interesados.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

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